La decisión de Comisión Bicameral de Monitoreo e Implementación del Código Procesal Penal Federal de poner en vigencia seis artículos del nuevo Código Procesal Penal activó a los especialistas en derecho que sospechan que esta jugada beneficiará a ex funcionarios kirchneristas en distintas causas por casos de corrupción. Leen en el movimiento un posible beneficio para la vicepresidenta Cristina Kirchner y su situación procesal en los expedientes en su contra.
Además hay unanimidad de los especialistas sobre que los procesos judiciales se harán mucho más largos.
El punto más polémico de la reforma es el que plantea que las sentencias solo pueden ejecutarse cuando la Corte Suprema se pronuncie luego de revisar una causa. Otro de los detalles que aparece como aparentemente dudoso es la posibilidad de reabrir una investigación ya cerrada en caso de que algún organismo internacional cuestione el proceso judicial.
En diálogo con Infobae, el constitucionalista Ricardo Gil Lavedra consideró que “la norma que dice que la sentencia condenatoria recién se puede ejecutar cuando la decisión está firme. Esto figura en el Código Procesal Penal que se sancionó en 2014. Esto va a generar polémica porque hay una doctrina de la Corte de hace más de diez años en el cual la Corte Suprema dijo que una sentencia no tenía firmeza mientras hubiera cualquier recurso presentado ante ella, aunque sea una queja. La puesta en vigencia de esta norma haría que no se pueda ejecutar una sentencia condenatoria hasta que la Corte no resuelva una queja”.
En tanto, para el constitucionalista Daniel Sabsay, la decisión de esta implementación es “escandalosa y absurda”. “Sólo modificando la Constitución se podría poner en marcha este mamarracho -dijo en declaraciones radiales-. Espero que esto haga surgir planteos de inconstitucionalidad. Los fiscales deberían actuar. Esto va a llegar a la Corte y no tengo dudas que lo va a declarar inconstitucional”. “El preanuncio fue el disparate del presidente (Alberto Fernández) cuando dijo que le molestaba que hubiera una Corte Suprema independiente”.
“Sólo modificando la Constitución se podría poner en marcha este mamarracho. El preanuncio fue el disparate del Presidente cuando dijo que le molestaba que hubiera una Corte Suprema independiente. Claro, como no es profesor de derecho porque no concursó, está puesto a dedo, no sabe de derecho constitucional y dice cualquier cosa”. “Utiliza el sello pero no sabe”, amplió Sabsay.
Por su parte, Alejandro Fargosi consideró que la decisión del kirchnerismo “es una vergonzosa consolidación de una impunidad absoluta”. “Si una sentencia no se puede ejecutar hasta que la Corte la confirme, olvidémonos del sistema penal. Todo será apelado, todo tardará años y cuando llegue la sentencia de Corte, será inaplicable. Mientras, los delincuentes seguirán delinquiendo”, destacó.
“Si los fallos, incluso de la Corte, deben ser revisados cuando la Corte Interamericana de Derechos Humanos los contradiga, se terminó el Poder Judicial. Además esa ‘Corte’ está integrada por jueces designados por los gobiernos, que no han pasado por el sistema argentino de selección. Si los fallos no están firmes hasta que la Corte lo decida, implica que los fallos se presumen ilegítimos hasta que su legitimidad no sea convalidada por la Corte”, aseguró Fargosi.
El experto además sostuvo que “la presunción de inocencia termina con el primer fallo condenatorio, y si hubo errores hay remedio en la apelación. Es irracional presumir la inocencia del procesado y presumir la ilegalidad o error del fallo condenatorio”.
Como antecedente, en noviembre de 2019 la comisión bicameral puso en vigencia el articulado que ponía límites a las prisiones preventivas. Eso derivó, por ejemplo, en que recuperan la libertad ex funcionarios como De Vido o su mano derecha Roberto Baratta, detenidos por la causa de los cuadernos.
Ahora, se resolvió poner en marcha estos seis artículos llamando la atención la rapidez y la resolución sigilosa con la que se dispuso y se publicó en el Boletín Oficial. Por eso, también las sospechas.
Esta mañana el Frente de Todos activó artículos del Código Procesal Penal que permiten revisar condenas firmes y establecen que los condenados cumplen la condena una vez agotadas todas las instancias judiciales, lo cual podría beneficiar a ex funcionarios detenidos.
A través de la Resolución 1/2021, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, la Comisión Bicameral de Monitoreo e Implementación del Código Procesal Penal Federal resolvió “implementar los artículos 366, 367, 368, 369, 370 y 375 del Código Procesal Penal Federal para todos los tribunales con competencia en materia penal de todas las jurisdicciones federales del territorio nacional y en todos los tribunales de la Justicia Nacional Penal mientras resulte de aplicación por parte de estos tribunales el Código Procesal Penal Federal”.
Esos apartados de la norma comenzarán a tener vigencia a partir de la semana que viene. A excepción de Salta y Jujuy, el nuevo Código Procesal Penal Federal, que fue aprobado en 2014 en el Congreso, todavía no entró en vigencia en su totalidad, aunque el Gobierno fue activando distintos artículos del texto.
Entre los artículos que se implementarán a partir de esta resolución de la Comisión Bicameral se destaca uno que “habilita la revisión de una sentencia firme en favor del condenado toda vez que se dicte en el caso concreto una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos o una decisión de un órgano de aplicación de un tratado en una comunicación individual”.
Al justificar la decisión, remarcó que el objetivo es “evitar que se generen situaciones de desigualdad ante la ley para los justiciables, así como un impacto diferencial en litigios seguidos contra el Estado argentino en organismos supranacionales”.
El texto lleva las firmas de los legisladores que integran la Comisión Bicameral: los senadores Anabel Fernández Sagasti, María de los Ángeles Sacnun, Roberto Mario Mirabella - María Inés Pilatti Vergara y Mariano Recalde y los diputados Lucas Godoy, Carlos Gutiérrez, Martín Soria y Marisa Lourdes Uceda.
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