27 MAY | 15:46

Cambios en la Ley de Impuesto a las ganancias

El Contador Raúl Aparicio, informó sobre los cambios de la Ley que ya se encuentra vigente.
Entran en vigencia los modificaciones dispuestas mediante la ley 27.617, sancionada en el Congreso el pasado 8 de abril, por lo que quienes ganen hasta $124.500 netos -una vez descontados aportes a la seguridad social- dejarán de pagar este impuesto con retroactividad a enero, monto a partir del cual se conformará una nueva escala de deducciones.
 
Aquellas personas que incluidas en la nueva reglamentación que hicieron aportes en los primeros meses del año recibirán los importes retenidos en cinco cuotas a partir de julio, cuya forma de pago será informada por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) en los próximos días.
 
Explicó también que la ley hoy permite deducir no solo si es cónyugee sino que se establece la unión convivencial. Otra de las modificaciones tiene que ver con la eliminación del tope de edad para reducir los hijos con discapacidad, indicó el Contador.
 
Otro de los cambios que se incorporó fue la eximición hasta septiembre del pago a las horas horas extras o guardias del personal de salud, en línea con lo que se espera sean los meses más duros de la pandemia.
 
En el caso retirados, jubilados y pensionados, la normativa elevó el mínimo no imponible para el pago de Ganancias de seis a ocho haberes mínimos garantizados, con lo cual sólo pagarán el impuesto beneficiarios cuyos haberes brutos sean iguales o mayores a $164.571,52 mensuales, un piso que se ajustará automáticamente cada tres meses por aplicación de la Ley de Movilidad Jubilatoria.

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