...el país vecino creciendo desde hace más de dos años.
En Uruguay se puede tramitar la residencia legal (temporal o definitiva) y la residencia fiscal. Estas dos categorías son independientes entre sí, y tanto los requisitos para su tramitación y obtención como las consecuencia para los clientes, son diferentes (Shutterstock)
Si bien no hay estadísticas concretas sobre cuántos argentinos se radicaron en Uruguay y dan de baja su inscripción fiscal en la Argentina, medios internacionales como la revista The Economist hablan de unos 20.000 casos... y es un dato de hace casi un año.
Según Martín Litwak, abogado especialista en estructuración de patrimonio y fondos de inversión, una primera ola de consultas surgió tras el resultado de las elecciones PASO de agosto del 2019 que adelantaban el triunfo del actual presidente Alberto Fernández.
Luego, a principios de 2020, con la modificación del Impuesto a los Bienes Personales que introdujo la Ley de Emergencia se generó otro fuerte impulso. Sucedió que muchas personas habían declarado bienes en el blanqueo de 2017 y en 2020 encontraron que, en vez de reducirse a cero, la tasa se multiplicó por nueve al pasar de 0,25 a 2,25 por ciento.
La tercera oleada de interés por el éxodo fiscal se dio también en 2020 por el impulso del “impuesto a la riqueza” y se extendió en 2021 en medio de la pandemia de coronavirus.
Según informó la propia titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont, en los primeros 9 meses del 2020, 504 empresas pidieron dejar de pagar impuestos en la Argentina y, aunque la agencia no da informaciones al respecto, el número de pedidos de baja fiscal aumentó notablemente en los últimos meses.
Qué tipo de residencias existen
“En Uruguay se puede tramitar la residencia legal (temporal o definitiva) y la residencia fiscal. Estas dos categorías son independientes entre sí, y tanto los requisitos para su tramitación y obtención como las consecuencia para los clientes, son diferentes”, le dijo Litwak a Infobae.
En ese marco, explicó que la residencia legal se otorga a aquellos extranjeros que pretendan establecerse en Uruguay, ya sea por intereses laborales, personales o impositivos. “Este concepto se asocia con el lugar donde el individuo vive. Se trata, esencialmente, de un tema migratorio que puede o no generar consecuencias tributarias”, remarcó.
“En Uruguay se puede tramitar la residencia legal (temporal o definitiva) y la residencia fiscal. Estas dos categorías son independientes entre sí”
Respecto a los tipos de residencias legales, hay dos: una temporal, donde el plazo de permanencia en el territorio uruguayo es no menor a 180 días y por un máximo de 2 años, que puede ser prorrogable. Y otra definitiva, que se obtiene mediante un trámite para el cual el interesado deberá cumplir con ciertos requisitos.
En tanto, el CEO de Untitled de “destacó que la residencia fiscal es un concepto distinto que determina en qué países se considera que una persona reside a los efectos tributarios. E indicó que la obtención de la residencia legal no supone la obtención de la residencia fiscal y viceversa“.
Requisitos para ser residente fiscal en Uruguay
Según Litwak, se presume que una persona tiene su residencia fiscal en Uruguay cuando se dan algunos requisitos. En ese sentido, especificó que se concreta cuando la persona interesada realiza en territorio uruguayo alguna de las siguientes inversiones:
- En bienes inmuebles por un valor superior a 15.000.000 UI (Unidades Indexadas, similares a las UVA locales), aproximadamente USD 1.650.000.
- En bienes inmuebles al 1/07/2020 por un valor superior a 3.500.000 UI, unos USD 370.000, y se registre una presencia efectiva en territorio uruguayo durante el año civil, de al menos 60 días.
- Directa o indirecta, en una empresa por un valor superior a 45.000.000 UI (USD 5 millones), que comprenda actividades o proyectos que hayan sido declarados de interés nacional.
- Directa o indirecta, al 1/07/2020 en una empresa por un valor superior a 15.000.000 UI (USD 1,5 millones) y se generen al menos 15 nuevos puestos de trabajo directo en relación de dependencia, a tiempo completo, durante el año calendario.
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En ese marco, el especialista dijo que si no se verifica ninguna de las hipótesis anteriores, la persona puede acreditar que tiene la residencia fiscal en el territorio uruguayo si cumple con al menos uno de los siguientes requisitos:
- Permanencia de más de 183 días en territorio nacional. Se computan las ausencias esporádicas, que son las que no exceden los 30 días corridos.
- Radicación del núcleo principal o base de las actividades económicas. Esto último se da cuando la persona genera en Uruguay rentas de mayor volumen que en cualquier otro país, análisis cualitativo y cuantitativo de todas las rentas del contribuyente, no pueden ser rentas puras de capital.
- Radicación de centro de interés vital. Esto es cuando residan su cónyuge (no separado legalmente) e hijos menores de edad que de él dependan (sometidos a patria potestad). Si no hay hijos, basta con que esté el cónyuge.
Para obtener este certificado, se toma cada año calendario y se deberá presentar documentación por cada período. Asimismo se analiza cada año por separado.
Respecto a las ventajas de obtener la residencia fiscal en Uruguay, Litwak destacó “la mayor seguridad jurídica” y la posibilidad tributar “IRNR”, que es el impuesto que grava las ganancias de fuente uruguaya obtenidas por no residentes en el Uruguay en lugar de “IRPF” (Impuesto a la Renta de las Personas Físicas), tanto durante el ejercicio fiscal en el cual se compute el cambio de residencia, como durante los cinco años fiscales que le siguen (este plazo se prevé que se extienda a diez años).
“En términos prácticos, esta opción implica que la persona no pagará ningún impuesto por los rendimientos de capital mobiliario originados en el exterior ni que tampoco será obligado a reportarlos”, concluyó el especialista.
infobae.com