05 JUL | 17:35

Causa AMIA: acceso a la documentación de inteligencia

Ordenaron facilitar el acceso a la documentación de inteligencia a los familiares de las víctimas. El juez Daniel Rafecas, a cargo del expediente, tomó la decisión ante el planteo de las querellas. Por Patricia Blanco
El próximo 18 de julio se cumplirán 28 años del atentado que provocó 85 muertos
 
 
El juez federal Daniel Rafecas exhortó a la fiscalía y al Ministerio de Justicia a entregar toda la información de inteligencia relacionada con la causa AMIA a los familiares de las víctimas, según la resolución a la que accedió Infobae. El conflicto se da en el marco del avance del expediente que investiga el atentado contra la mutual judía que mató a 85 personas. El próximo 18 de julio se cumplirán 28 años de ese ataque terrorista. No hay ningún condenado por esa masacre.
 
 
“El volumen de prueba e informes existentes en el expediente no puede ser conocido sin un procesamiento adecuado del mismo, análisis éste que sólo puede hacer el Estado proveyendo las herramientas que estime necesarias y a través de sus órganos competentes”, sostuvo Rafecas en el fallo al que accedió Infobae. Esa exhortación, entonces, se envió no sólo a la UFI AMIA sino también al Ministerio de Justicia, a cargo de Martín Soria, que implica suministrar “los recursos humanos, tecnológicos, materiales y todos aquellos otros medios que estime necesarios, a fin de que el grupo de trabajo (destinado) pueda dar cabal cumplimiento a la labor para la que fuera conformado”: el análisis y reproducción de los documentos clasificados.
 
 
Según la resolución, “es una obligación del Estado asegurar a las querellas el ejercicio de sus garantías constitucionales y, por ende, el conocimiento cabal de los elementos de convicción allegados al expediente y, así, el reconocimiento del derecho a la verdad”. Y por ello “debe entenderse que el respeto absoluto de tal garantía, máxime en un caso como la investigación que nos ocupa, implica buscar alternativas institucionales innovadoras a las necesidades planteadas, teniendo en cuenta que el volumen, la magnitud y la complejidad de la prueba disponible, pone en crisis la normativa procesal aplicable para los casos estandarizados”.
 
 
“Luego del devenir procesal de público conocimiento, en razón del derecho de las víctimas de conocer completamente lo sucedido, considero que el Estado debe satisfacer dicha expectativa mínima, tratando de aportar, de la forma que sea adecuada y cuantas veces resulte necesario, la información y los elementos de convicción para zanjar todas las dudas que ellas, y la sociedad toda, razonablemente mantienen sobre el devenir de los hechos”, se afirmó.
 
 
Imagenes de aquel 18 de julio de 1994 (archivo)
 
La relación entre las querellas y la fiscalía es tensa. La UFI AMIA, que comandó hasta su muerte en 2015 el fiscal Alberto Nisman, quedó en manos desde 2019 del fiscal Sebatián Basso, designado por el procurador interino Eduardo Casal. La agrupación Memoria Activa fue muy crítica con su designación y pidió su remoción. A su criterio, Basso busca “vaciar y cerrar la causa lo más rápido posible”. Lo miran con desconfianza por ser el sobrino de la fallecida jueza de la Cámara Federal porteña Luisa Riva Aramayo.
 
 
A casi 28 años de la masacre, el atentado sigue impune. El foco está puesto en un grupo de iraníes que ocuparon altos mandos en su país y que están prófugos, sospechados de haber planificado el atentado a la AMIA. Los acusados se niegan a declarar ante la justicia argentina y tiene alerta roja en Interpol. Algunos de ellos circulan por el mundo con pasaporte diplomático.
 
 
La decisión que se tomó ahora en el marco de la causa surge de un planteo que formuló la querella de APEMIA, encabezada por Laura Ginsberg, viuda de una de las víctimas del atentado. En 2015, antes de abandonar el Ejecutivo, la entonces presidenta Cristina Kirchner había ordenado la desclasificación de archivos de inteligencia relacionado con el atentado y se creaó una unidad de asistencia en el Ministerio de Justicia (Grupo Especial de Relevamiento y Análisis Documental, GERAD) para trabajar con la fiscalía, que luego pasó a depender de la Procuración.
 
 
Sin embargo, la cantidad de información a analizar -toneladas de papeles que llegan a ocupar tres galpones- es muchísima y se iba escaneando de a poco. Durante estos años, los familiares se presentaban en la fiscalía con un disco externo y se llevaban copias. Pero -según explicaron a Infobae fuentes consultadas- la lectura del material resultaba engorroso por la forma en la que estaba nomenclado y sin palabras claves que permitieran facilitar la búsqueda en esa desclasificación.
 
 
 
El ex fiscal Alberto Nisman (NA)
Durante el macrismo, el ministro de Justicia Germán Garavano impulsó la idea de comprar equipamiento en Estados Unidos para el análisis del material, pero las querellas impugnaron que a esa información sensible accedieran desde el exterior, y la iniciativa se suspendió; se siguió con la formula anterior: la fiscalía entregaba el material a las partes cuando lo pedían, pero no dejaba de ser una selección del Ministerio Público de lo que podía ser de interés, explicaron las fuentes.
 
Ya en el gobierno de Alberto Fernández, la aparición de una noticia sobre presuntas nuevas irregularidades que se habrían cometido durante la instrucción que encabezó el ex juez Juan José Galeano -condenado en un juicio oral por la llamada causa del encubrimiento- motivó saber qué había sobre ese tema en el expediente. En 2021, la jueza María Eugenia Capuchetti, que en ese momento tenía en sus manos la causa, le preguntó a la fiscalía qué información había sobre esa publicación y la respuesta fue que nada.
 
En paralelo, el fiscal Basso impulsó el sobreseimiento de trece personas investigadas desde hacía décadas, tal como detalló este medio en ese momento. Allí figura, por ejemplo, el hijo del empresario Alberto Kanoore Edul -vinculado a la llamada pista siria-, los dueños de una empresa de volquetes y un grupo de personas relacionadas a una concesionaria ligada a Carlos Alberto Telleldín, el ex reducidor de autos que fue absuelto dos veces al ser llevado a juicio acusado de ser uno de los partícipes de la masacre.
 
La jueza entonces le preguntó a las querellas qué opinaban del sobreseimiento solicitado. Memoria Activa se opuso, pero APEMIA aprovechó esa oportunidad para plantear que, para poder decidir, tenía que tener acceso a la prometida documentación de inteligencia desclasificada por el Ejecutivo. La jueza entendió que había que “garantizar a las partes el acceso a las piezas documentales”. Hubo reuniones de Capuchetti con los protagonistas de la causa y visitas al edificio del Palacio Barolo, donde se encuentra gran parte del material.
 
Como el juzgado federal 6 está vacante tras la jubilación de Rodolfo Canicoba Corral, la Cámara Federal porteña sorteó quién sería el nuevo magistrado que ocuparía esa silla por un año, en reemplazo de Capuchetti. En septiembre pasado, le tocó a Rafecas. Hubo encuentros con el ministro Soria y el viceministro Juan Martín Mena y se informó que se estaban analizado alternativas sobre la documentación. Pero las querellas insistieron en su reclamo. El 7 de junio, Rafecas encabezó una reunión entre los representantes del Ministerio Público, las querellas y el Ministerio de Justicia.
 
 
El juez Daniel Rafecas
Los familiares de las víctimas insistieron en la dificultad para el acceso a la información de la causa, pero la fiscalía afirma que todos los elementos aportados por medio de la desclasificación dispuesta por los decretos presidenciales, se publica y se ponen a disposición de las partes para su conocimiento y sostiene que todos los elementos “de convicción se vuelcan en el expediente a través de los despachos y decisiones procesales”.
 
Sin embargo, las querellas afirman que a raíz del volumen de esas pruebas “es imposible” poder conocerlas realmente, que el sistema informático resulta tan complejo que “entorpece aún más el acceso efectivo a la información reclamada”. Y sostiene que lo que exhiben los fiscales “sólo reflejan una realidad sesgada de la información” porque alude solo a la linea de investigación que el Ministerio Público sigue, pero deja afuera gran parte de material que podría ser de interés para las otras partes.
 
Las querellas pusieron de manifestó en que no tienen “los recursos que tiene el Estado para buscar la verdad entre las bases documentales incorporadas a la instrucción, y que el conocimiento de los hechos y de las pruebas, no puede limitarse a aquellas que el instructor entiende adecuadas o suficientes”. Es por ello que, se sostuvo, que siendo una obligación del Estado garantizar el ejercicio de los derechos de la parte, es éste quien debe encontrar un método adecuado y suficiente para que la parte ­en este caso, las querellas pueda conocer y comprender la totalidad de las circunstancias ocurridas antes, durante y después del atentado, tanto relativas al mismo, como a las irregularidades que rodearon su investigación.
 
El fallo de Rafecas, al que accedió Infobae, afirmó que “la discrecionalidad del fiscal instructor al llevar adelante la pesquisa, nunca puede prevalecer en desmedro de las partes y sus garantías” y resaltó que “sostener lo contrario resultaría una negación de la posibilidad de ejercer el derecho de defensa en juicio, considerado en sentido amplio”. Resaltó que “el debe ético de ser solidarios con las víctimas, lo que exige un compromiso de los operadores del sistema judicial que obliga a un protagonismo original a la hora de dar respuesta a los planteos efectuados, volviéndonos verdaderos guardianes de dicha garantía, modificando las formas de acceso al proceso”.
 
Para el juez, “la existencia formal de un proceso no alcanza para dar por cumplida la obligación estatal de asegurar el derecho de las víctimas a conocer o adquirir total conocimiento de las circunstancias que rodearon el hecho génesis y su investigación, con prescindencia de los criterios limitantes utilizados por los distintos funcionarios judiciales a la hora de aplicar cierto grado de discrecionalidad y en resguardo de la economía procesal, máxime cuando, como en el caso, éstas intervienen en la causa como acusadores particulares”.
 
infobae.com

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