...un planteo del abogado defensor del ex líder de la barra de Boca para que este periodista no pueda presenciar las audiencias. El comunicado de Fopea y la pronunciación de la SIP
El 13 de septiembre de este año comenzó el juicio a Rafael Di Zeo y otros dos barras de Boca Juniors acusados de instigación a cometer asesinatos en la interna de La Doce. Como muchos procesos judiciales en la Argentina, el debate empezó más de nueve años después de producido el hecho que se cobró dos vidas y dejó varios heridos de bala. El paso del tiempo, se sabe, siempre favorece a los presuntos victimarios y no justamente a las víctimas porque permite a los testigos a la hora de declarar apelar a la falta de memoria, a la muletilla “pasó hace tanto tiempo que no recuerdo”, evitando dar precisiones que puedan aportar al único objetivo de un juicio, que es llegar a la verdad.
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Infobae era el único medio hasta la semana pasada cubriendo el proceso. Y el tiempo verbal es correcto: era. Porque en una medida inédita y de extrema gravedad en cuanto a la libertad de expresión y a la posibilidad de que un juicio oral y público llegue a las audiencias, el Tribunal Oral 13 prohibió a este periodista seguir ejerciendo libremente su profesión. La decisión la tomaron los jueces Diego Leif Guardia, Adolfo Calvete y Enrique Gamboa al aceptar un planteo del abogado de Di Zeo, Diego Storto, quién en desacuerdo con la forma en que este periodista reflejaba las innumerables contradicciones que se verificaban en el juicio, pidió que no pudiera seguir asistiendo bajo la formalidad de la posible “influencia” que las publicaciones podían generar en los testigos por venir. Insólitamente el Tribunal no corrió traslado al resto de las partes para que opine y definió oralmente, sin dejar asentado por escrito la decisión, en otra irregularidad para que todo pase sin mucho ruido.
La querella representada por el abogado Walter Fidalgo y la defensa de Cristian Fido De Vaux, el otro procesado, con el patrocinio de la abogada Raquel Pérez Iglesias, se opusieron terminantemente a lo decidido pero el Tribunal no se inmutó. También la fiscalía liderada por el doctor Aldo de la Fuente hizo un reclamo pero nada varió. Así, por lo menos informativamente, el juicio a Di Zeo entró en una etapa de absoluta oscuridad.
Lo sucedido mereció el repudio del Foro de Periodismo Argentino (Fopea) quien en un comunicado dejó en claro que prohibir la cobertura de un juicio altera un principio fundamental en un estado de derecho y democrático, donde la regla es la publicidad de los procesos de interés público y el secreto la excepción. La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP), por su parte, reflejó en su resumen mundial de prensa el grave fallo del tribunal argentino contra la libertad de informar de un periodista de Infobae. También mereció la intervención de la Defensoría del Público de la Nación cuya titular es Miriam Lewin y de la Dirección de Asuntos Jurídicos porque sienta un precedente muy grave, y también del titular de la Comisión de Libertad de Expresión de la Cámara de Diputados, Waldo Wolff.
El Tribunal Oral 13, conformado por los jueces Guardia, Gamboa y Calvete, aceptó un planteo del abogado defensor del ex líder de la barra de Boca para que este periodista no pueda presenciar las audiencias
La pregunta del millón es: ¿por qué un Tribunal tomaría tamaña decisión? La respuesta parece ser bastante obvia más teniendo en cuenta que este cronista cubre juicios sobre violencia en el fútbol hace 22 años y es la primera vez que se le coarta la posibilidad de informar lo que sucede aunque está claro que el hecho trasciende este caso y sienta un precedente muy preocupante para la cobertura de todos los procesos judiciales.
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La situación venía complicada desde el mismo comienzo del debate. Este periodista era testigo por parte de la fiscalía y estaba ubicado en lugares muy alejados de la lista para testificar. Eso significaba que hasta que no pudiera dar su palabra frente al Tribunal, no podía cubrir el proceso. Pidió entonces que, como en tantos otros juicios en los que estaba en la misma condición, lo pusieran en la primera tanda de testigos. No hubo favorable acogida a la solicitud, por lo que el fiscal, dado que todas las notas estaban incorporadas al expediente, dijo que desistía de escucharlo a lo que todas las partes adhirieron de buena gana.
Vale recordar que este cronista trabajaba en el diario Olé aquel trágico 20 de julio de 2013, cuando se produjo la batalla de La Doce. Allí había logrado identificar a una decena de barras que estaban presentes en el lugar, así como también la propiedad de algunos autos que se veían en las cámaras de video. Al mismo tiempo, 24 horas antes de que se produjeran los hechos le había comunicado a la Secretaría de Seguridad Interior de la Nación la información que poseía sobre posibles enfrentamientos armados en las inmediaciones del estadio. Y nadie hizo nada para evitarlos. Es más, desde la división Eventos Deportivos de la Policía Federal le relativizaron la información a quien por entonces era el secretario de Seguridad, Sergio Berni, quien 48 horas después disolvió esa dirección.
Con todo ese background informativo pudo entonces cubrir el juicio desde la segunda audiencia. Probar una presunta instigación a cometer asesinato es una tarea titánica pero lo que este cronista vivió en las audiencias de juicio rayaba con lo patético. Jefes policiales a los cuales los barras conocían por nombre, apellido y apodo negaban tener conocimiento de quiénes eran los violentos. Funcionarios públicos de altísimo rango negando saber de antemano la información que se les había brindado de los posibles choques, mientras sus subordinados admitían todo lo contrario. Barras que acusaban de haber disparado a otros que ya estaban sobreseídos o muertos, cosa de desviar la atención sobre los acusados. Policías desmemoriados, cámaras de video inutilizadas y un sinfín de contradicciones que llevaban el proceso al límite de la parodia. Todo esto es lo que reflejó Infobae en sus notas. Contando también que el trabajo de la fiscalía y del propio Tribunal dejaba eslabones sueltos por doquier por lo que sería casi imposible armar la cadena de responsabilidades.
Y las notas molestaron a la defensa de Di Zeo. Y por lo visto, también al Tribunal que realizó un procedimiento inédito. Sin comparar la magnitud de los juicios, es como si se le hubiera prohibido en su momento a la editorial Perfil editar el Diario del Juicio a las Juntas militares, que salió semanalmente entre mayo de 1985 y enero de 1986, con el que muchos argentinos crecimos y supimos que el Nunca Más era definitivo. O como si los periodistas acreditados en Comodoro Py no pudieran informar sobre el juicio de Vialidad que está en etapas finales o si el tribunal que juzga a Nicolás Pachelo por el crimen de María Martha García Belsunce dejara afuera a la prensa.
Las notas de Infobae molestaron a Di Zeo (Luciano González)
El apagón informativo siempre beneficia a alguna de las partes y los jueces Guardia, ex defensor oficial, Calvete, ex juez de instrucción, y Gamboa, ex fiscal, parecen haber optado consciente o inconscientemente por favorecer esta situación. Ofrecieron como muestra de buena voluntad poder presenciar los alegatos, como si la producción de prueba no fuera la base de un juicio y su publicación la posibilidad del público de seguir las alternativas de lo que ocurre realmente.
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Cuando la Argentina optó por la modalidad de juicio oral y público en 1992 bajo la sanción de la ley 23.894 se determinó que un tribunal sólo podía revocar este mandato por razones de seguridad, orden público o moral. Marcar las contradicciones, los olvidos y la mendacidad de varios testigos, hechos por los cuales Infobae fue excluido del debate bajo otras formalidades, no aparece entre las causales previstas por la ley. Sabrán los jueces Guardia, Gamboa y Calvete por qué a pedido de Di Zeo y con la oposición de todo el resto tomaron una decisión que sienta un precedente preocupante para la transparencia de los actos en medio de un juicio cuyo final se avizora tan oscuro como la decisión adoptada.
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