...por el Juzgado de Violencia de Género y Protección Integral de Menores N° 1, por considerar que existe peligro de entorpecimiento de la investigación, ya que el acusado habría intimidado a la víctima a pesar de las medidas preventivas dispuestas por la autoridad judicial.
El ciudadano J.E.B. se encuentra imputado por la supuesta autoría de los delitos de “Lesiones leves calificadas por el vínculo (dos hechos), desobediencia a la autoridad (ocho hechos), y amenazas (un hecho) en concurso ideal con desobediencia a la autoridad (un hecho) en concurso real”.
En este sentido, en un trabajo coordinado con la Dirección de Asistencia a Víctimas de Delitos a través del Dr. Ramiro Bioglio, la fiscal Andrea Moreno hizo especial énfasis en resguardar a la víctima, al respecto expuso que “constituye una situación de violencia de género que acarrea responsabilidades estatales y, como tal, requiere la adopción de medidas tendientes a proteger a la damnificada (art. 26 de la Ley de Protección Integral de la Mujer y ley 8.561 Ley Provincial de Protección Integral a la Mujer)”.
“La permanencia del imputado en el establecimiento carcelario, se torna necesaria para que no obstruya el accionar de la justicia y evitar que influya negativamente en las futuras declaraciones de la víctima a través de la intimidación”, fundamentó.
Finalmente, la agente fiscal planteó que “por todos estos fundamentos este Ministerio Público Fiscal Solicita que se revoque la excarcelación otorgada”, logrando que la Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional haga lugar a la apelación.