... costos para los importadores y demoraba los plazos de entrega.
El Ministerio de Economía eliminó la obligatoriedad que tenían una serie de productos de atravesar el “canal rojo normativo” de la Aduana, el cual requería un control exhaustivo que generaba costos y demoras para las empresas importadoras.
A partir de las resoluciones N°154/2024 y 112/2024 publicadas en el Boletín Oficial, el gobierno eliminó las “inspecciones excesivas” para determinados bienes, lo que incluía el control documental y físico de la mercadería a importar. Así, a partir de ahora los productos en cuestión quedarán sometidos a la verificación aleatoria que establece la Aduana para todo el universo arancelario.
De acuerdo al comunicado oficial, el proceso anterior exigía la paralización de la mercadería en la aduana, demoraba los plazos de entrega de los productos, y aumentaba considerablemente el costo de inspección que era asumido por los importadores.
En este marco, la nueva normativa elimina un 36% de las operaciones de importación enviadas al canal rojo, que representan un 7% del total de las operaciones de importación realizadas en el país. De esta manera, se acortan los plazos de entrega y se agiliza el proceso de producción, comercialización y exportación.
“La medida libera a las empresas argentinas de un costoso gasto de importación, ya que el costo del despacho por contenedor se reduce en USD 1.200 dólares, lo que representa un 2,5% del valor promedio de la mercadería despachada en una importación”, informaron oficialmente.
Desde la Secretaría de Comercio den mayor tiempo de permanencia de la mercadería en la terminal, que en muchos casos puede suceder que termine siendo mucho más costoso tener los productos en la Aduana; y el segundo tiene que ver con los gastos adicionales que se generan en la terminal por la verificación. En este sentido, por la reecordinación, se cobra USD 50 por hacer un trámite de nuevo, si se hace un doble movimiento de contenedor, hasta USD 150 dólares y el cobro de las tareas asociadas a la inspección va de los 280 a 1800 dólares.
La normativa previa suponía un criterio de selección de la mercadería arbitrario ya que alcanzaba por definición a los bienes del rubro textil y calzado, y a los productos con medidas antidumping vigentes que, a su vez, ya cumplían con los pagos adicionales establecidos por dichas medidas.
Algunos de los bienes alcanzados en relación al rubro textil y calzado son tanto las prendas terminadas como hilados, tejidos y confecciones para la fabricación. En tanto, los bienes donde se aplica la normativa antidumping son termos, radiadores, calderas, aires acondicionados, cubiertos y ventiladores, entre otros.
“La eliminación de trámites innecesarios y la simplificación del proceso de importación colabora con los objetivos asumidos por el Gobierno en la desburocratización de la gestión económica como pilar fundamental para lograr una administración más eficiente y ágil”, indicaron desde Comercio.
Otras quitas de restricciones a las importaciones
La medida va en línea con disposiciones previas del gobierno para facilitar las importaciones. Por caso, en marzo se otorgaron una serie de beneficios a las importaciones de productos de la canasta básica a fin de promover la competencia frente a los aumentos de precios de los alimentos:
El BCRA redujo el plazo de pago de importaciones de alimentos, bebidas y productos de limpieza, cuidado e higiene personal: pasan de un esquema de pago en 4 cuotas a los 30, 60, 90 y 120 días a un plazo de pago en una sola cuota a los 30 días (esta es la medida que fue oficializada por el Banco Central)
Se determinó suspender, por el plazo de 120 días, el cobro de la percepción de IVA adicional e impuesto a las ganancias a las importaciones de estos productos y de los medicamentos.
Entre los principales productos beneficiados se encuentran: banana, papas, carne de cerdo, café, atún, productos de cacao, insecticidas, shampoos, pañales, entre muchos otros productos.
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