11 JUL | 19:00

Destrozos en el Congreso

Confirmaron el procesamiento con prisión preventiva para dos manifestantes. “No hace falta demasiado esfuerzo argumental para advertir que no hay ningún vínculo entre el derecho a...Por Patricia Blanco
... protestar y conductas delictivas”, dijo uno de los jueces de la Cámara Federal. Otras dos personas fueron procesadas pero, seguirán en libertad
 
 
Los incidente se dieron durante el debate de la Ley Bases (Jaime Olivos)
 
La Cámara Federal revisó este jueves las pruebas contra los manifestantes que fueron acusados de provocar destrozos durante el tratamiento de la Ley Bases en el Congreso y dispuso confirmar el procesamiento con prisión preventiva para dos de ellos, procesar sin preventiva a otros dos y dictar la falta de mérito del joven que habían excarcelado la semana pasada. Los delitos en juego son daño agravado y atentado a la autoridad. Así se desprende de la resolución que firmaron este jueves por la tarde los jueces Martín Irurzun, Eduardo Farah y Roberto Boico al revisar los procesamientos y faltas de mérito que había firmado la jueza María Servini, cuando evaluó la situación de los 33 detenidos durante el día del debate en la Cámara Alta.
 
 
Patricia Calarco Arredondo, la mujer que incendió bicicletas de la Ciudad, y Roberto María de la Cruz Gómez, que aparece en las imágenes en la producción de focos de fuego en tachos de basura y arrojaba objetos contundentes a la policía, quedaron procesados con prisión preventiva por disposición de la Cámara Federal. De la Cruz Gómez, además, registra antecedentes de sentencias de condena dictadas por diferentes Tribunales y en orden a distintos delitos, como robo, hurto, daños, amenazas y lesiones, entre otros, pesando declaraciones de reincidencia en su contra. También se dispuso una rebeldía a su respecto en otro proceso.
 
 
En tanto, el tribunal dispuso el procesamiento, sin prisión preventiva, para Daniel Sica, el hombre que fue acusado de agredir físicamente –provocándole traumatismos- a la agente Romelia del Carmen Villafañe “pateándola, golpeándole su casco, arrojándole agua y escupiéndola”; y para Cristian Valiente, quien fue detenido “arrojando piedras y objetos contundentes” y se secuestró en su poder una “granada de mano”. A los dos se les sindica atentado contra la autoridad, aunque en el caso del primero en forma agravada.
 
 
 
La manifestante quemando las bicicletas 
 
A Facundo Gómez, la Cámara Federal lo había excarcelado la semana pasada. Ahora le dictó la falta de mérito. Según se desprende de la causa, en las imágenes se lo veía saltando una valla. El tribunal valoró que en la instrucción declararon dos testigos presenciales del momento de la detención (Nehuén Suyai Rovediello, fotógrafo acreditado del Congreso, y Mariángeles Pérez, que estaba en la manifestación) que coincidieron con la versión del imputado, sosteniendo que no había participado de los incidentes, que “estaba sentado en la valla hablando por celular” y que hizo “gestos con la mano interpretándose para que paren de arrojar elementos. Él estaba con su teléfono hablando, en ese momento él se paró en el descanso de la valla dos segundos y después él siguió sentado en la misma con el celular”.
 
Los destrozos ocurrieron el miércoles 12 de junio, mientras se analizaba en el Senado la Ley Bases. Con el correr de las horas, todos los arrestados -33 en total- quedaron a disposición de la justicia federal. El fiscal Carlos Stornelli dictaminó investigar a los sospechosos por “lesiones, daños simples como agravados, incendio u estrago, intimidación pública, incitación a la violencia colectiva en contra de las instituciones, organización o pertenencia a agrupaciones que tengan por objeto imponer sus ideas o combatir las ajenas por la fuerza o el temor, delito contra los poderes políticos y el orden constitucional, atentado contra la autoridad agravada, resistencia a la autoridad y/o perturbación del orden en sesiones de cuerpos legislativos, con el posible agravante del artículo 41 quinquies del Código Penal de la Nación”. Es decir, acciones terroristas.
 
 
La jueza Servini en la noche del 14 de junio resolvió dejar en libertad a una primera tanda de 17 personas. Y el martes siguiente, con miras a un nuevo fin de semana largo y el tiempo jugando en contra, resolvió las definiciones de las situaciones procesales de todos los implicados: solo a cinco personas procesó con prisión preventiva y al resto le dictó la falta de mérito.
 
 
Hubo dos procesados con prisión preventiva (Jaime Olivos)
 
La semana pasada, en una votación dividida y cruzada, la Sala II de la Cámara Federal revisó los pedidos de excarcelación de cinco de esas personas. Y resolvió dejar en libertad a uno (Gómez). No obstante, estaba pendiente el análisis de sus procesamientos con prisiones preventivas. Por eso ahora, solo confirmó ese escenario para dos de ellos (Calarco Arredondo y Daniel Sica) y mantuvo el procesamiento, pero en libertad, de otros dos (Roberto María de la Cruz Gómez y Cristian Valiente).
 
“El 12 de junio de este año, en las afueras del Congreso de la Nación, donde se debatía la sanción de la Ley Bases, se dieron dos situaciones bien diferenciadas. Una, fue protagonizada por grupos de personas que, organizada o espontáneamente y con más o menos énfasis, fueron a protestar. Nada de lo que se examina aquí tiene que ver con juzgar el modo o alcance con que aquellos ejercieron ese derecho constitucional, y ninguna de sus implicancias en nuestro sistema normativo se encuentra de cualquier modo puesta en duda. Son otros los hechos que constituyen el objeto de este caso”. Con estas palabras, el juez Martín Irurzun arrancó su voto en donde fijó su criterio.
 
Y añadió: “No hace falta demasiado esfuerzo argumental para advertir que no hay ningún vínculo entre el derecho a protestar y conductas como las descriptas. A lo primero lo reconoce la Constitución Nacional. A lo segundo lo reprime el Código Penal; únicamente esto será materia de juzgamiento aquí”.
 
Cristian Fernando Valiente
 
El juez Farah señaló que “las pruebas de la causa acreditan suficientemente que las acciones que desplegaron –signadas por notas de particular violencia contra personas y bienes- constituyen delitos específicamente previstos en el Código Penal y no poseen –pese a lo alegado por sus defensas- ningún vínculo con el ejercicio legítimo de derechos reconocidos por la Constitución Nacional, como la libertad de expresión y de peticionar ante las autoridades”. En lo sustancial, adhirió al voto de Irurzun, aunque se inclinó por mantener el procesamiento de Gómez.
 
A su turno, Boico, que había votado la semana pasada por hacer lugar a todos los pedidos de excarcelación, afirmó que “el Poder Judicial de la Nación, en el marco de sus competencias constitucionales y legales, tiene la delicada responsabilidad de ejercer la jurisdicción aplicando el derecho vigente atenido a las circunstancias comprobadas en la causa” y “ser el último guardián de los derechos de las personas”. En ese contexto, opinó: “De acuerdo a las imágenes que se han podido captar de los sucesos, algunas incorporadas aquí, otras de difusión masiva, han quedado fuera de la causa, aún, varios sujetos que ostensiblemente parecían no estar allí con propósitos de manifestarse pacíficamente, sino más bien con otros ajenos al ejercicio constitucional. Todos los vimos, pero llamativamente no han sido habidos por la prevención. Exhortaré aquí que se profundice la investigación para convocar a litigio a todos aquellos que, so pretexto del reclamo pacífico, se condujeron presuntamente bajo otros móviles”.
 
infobae.com

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