23 SEP | 09:08

Reclusión o prisión de tres a diez años para quien cause incendios

La provincia refuerza controles para evitar los incendios. Desde el gobierno provincial informaron que se refuerzan los controles para evitar los incendios en el territorio provincial.
Debido al aumento de focos ígneos en el ejido urbano y rural cuya causa principal es la quema intencional de pastizales, resto de poda o basura que se descontrolan y causan grandes perjuicios. 
 
 
Los controles de fiscalización se realizan a través del sistema de monitoreo satelital y de cámaras del 911, sumado al accionar de las fuerzas de seguridad locales y federales, al igual que fiscalizadores por lo que se solicita a la ciudadanía no iniciar ningún tipo de quema de pastizales y/o residuos que pudieran causar un perjuicio mayor a la comunidad.
 
 
Según estipula el Código Penal  en su artículo 186 el que causare incendio, explosión o inundación, será reprimido con reclusión o prisión de tres a diez años, si hubiere peligro común para los bienes o destrucción por cualquier otro medio.
 
 
También la Ley del Manejo del Fuego 26.815 establece multas de entre un (1) y cincuenta (50) sueldos básicos de la categoría inicial de la Administración Pública Nacional. Es preciso destacar que en el artículo 32 constituyen infracciones a la presente Ley: Llevar o encender fuego en el interior de bosques y pastizales en transgresión de los reglamentos respectivos.
 
 
No cumplir con la obligación de dar aviso a la autoridad más cercana de la existencia de un foco de incendio. Encender fuego, realizar quemas o desarrollar actividades prohibidas o sin la correspondiente autorización previa.
 
 
Además en la normativa provincial es la Ley 10.449 la que establece multas y sanciones entre uno y 50 mil litros de nafta premium sin perjuicio de la responsabilidad penal por la comisión de delitos. En caso de que los incendios sean provocados o accidentales que dañen la vegetación viva o muerta en bosques nativos o implantados.
 
 
En el ámbito del municipio capital la ordenanza  2649 prohíbese la quema y/o esparcimiento de cualquier tipo de material que pudieran contaminar la atmósfera o degradar suelos y/o los bienes edificados, clavados y/o plantados en ellos, sean estos de dominio público o de los particulares, en todo el ámbito del Departamento  Capital.
 
 
Por lo antes mencionado, apelamos al acompañamiento ciudadano para evitar en la presente emergencias hídrica en todo el territorio provincial situaciones de riesgo por incendios forestales.

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