...estaban acusados.
Eduado Belliboni sale de declarar en Comodoro Py (Foto de archivo: Adrián Escandar)
La Cámara Federal porteña decidió este jueves confirmar los procesamientos de un grupo de dirigentes del Polo Obrero, encabezados por Eduardo Belliboni, pero agravó los delitos por los cuales estaban investigados: consideró que en el caso hubo “administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública, amenazas coactivas y extorsión”. Con esas figuras, de ser encontrado culpable la pena podría llegar hasta 15 años de prisión, señalaron en tribunales. También se ordenó profundizar en la responsabilidad de los funcionarios públicos.
Los jueces Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzzi y Mariano Llorens entendieron que los líderes de la agrupación política sacaron “provecho de su posición dominante” cuando “exigían el aporte de dinero a gente de escasos recursos, sumamente vulnerables”, quedaban afuera de un programa ideado para promover su inclusión social.
“No se puede sostener que solo haya existido una víctima de estas exigencias injustas, ni que el aprovechamiento de los recursos humanos para actividades político-partidarias se limitara únicamente a quienes estaban a cargo de los comedores, delegados o referentes. En realidad, este esquema involucraba también a quienes lideraban el movimiento social, quienes fueron los verdaderos beneficiarios de dichas exigencias. Ellos eran los encargados de disponer del dinero recaudado en efectivo, el cual posteriormente se depositaba en las cuentas bancarias de las organizaciones”, sostuvo el fallo al que accedió Infobae.
El fallo dejó además una aclaración: “Queremos dejar completamente fuera de discusión que ni la pesquisa ni este resolutorio tienen como objeto una criminalización de las organizaciones sociales y las protestas a las que éstos convocan y lideran”. No obstante, dijo la Cámara Federal, lo que se advirtió aquí fue que “al amparo del noble sentimiento que puede tener un grupo de ciudadanos de reclamar, legítimamente, a las autoridades ejerciendo su derecho a la protesta organizada” aparecieron, “disimuladas en ellas, personas que se aprovechan de una situación que el Estado debe atender para tratar de obtener un beneficio propio”.
Según se resaltó: “estamos hablando de personas que tomando provecho de su posición dominante exigían el aporte de dinero a gente de escasos recursos, sumamente vulnerables, que en caso de incumplir ponían en riesgo cobrar el sueldo otorgado por el Estado como parte del programa ideado con la finalidad de promover su inclusión social plena y el mejoramiento progresivo de ingresos con vistas a alcanzar la autonomía económica”.
La causa se originó el 20 de diciembre, el día que se preparaba la primera movilización de piqueteros contra Javier Milei y el Gobierno habilitó el número 134 del Ministerio de Seguridad para que los ciudadanos hicieran denuncias anónimamente. Se hizo una denuncia en los tribunales de Comodoro Py: hubo reportes de todo el país, el fiscal Pollicita, que recibió la investigación delegada, se focalizó en las 45 que tuvieron lugar en la Capital Federal, su jurisdicción. Y avanzó en intentar rastrearlas. Localizó a siete: cinco de esas personas se animaron a declarar.
Con los allanamientos y la información secuestrada, el juez llamó a indagatoria porque “diversas personas, nucleadas bajo las figuras asociativas ‘Asociación Polo Obrero’ y ‘Cooperativa El Resplandor Ltda.’, habrían administrado de manera indebida al menos una parte de los recursos estatales que le fueran confiados en convenios celebrados con el ex Ministerio de Desarrollo Social de la Nación en el marco del aludido programa “Potenciar Trabajo””, afirmó. Y destacó que se comprobó “el empleo de facturación apócrifa y la simulación de gastos no concretados –al menos a través de las firmas ‘Ediciones e Impresiones Rumbos SRL’ y ‘Coxtex SA’–, para disfrazar el verdadero uso de una parte importante de los fondos”.
Los acusados desfilaron por Comodoro Py y negaron las acusaciones. Aseguraron además que se trata de una persecución política de parte del Gobierno contra las organizaciones populares.
Eduardo Belliboni (infobae)
El último día antes del inicio de la feria judicial de invierno, el fiscal Pollicita pidió ampliar la acusación y, tal como detalló Infobae, pidió que Emilio Pérsico, líder del Movimiento Evita que fue responsable de la Secretaría de Economía Social durante el Gobierno de Alberto Fernández, sea citado a declaración indagatoria. Lo acusa de haber encabezado una “matriz de corrupción” que permitió que el Polo Obrero “extorsionara a beneficiarios de planes sociales” y usara el dinero que recibía para financiar sus actividades partidarias.
El 29 de julio, el juez Sebastián Casanello rechazó esa ampliación solicitada por la fiscalía y procesó a Belliboni y otros por el manejo del dinero recibido a través del programa Potenciar Trabajo. “Se aprovechó la política pública para intereses partidarios”, aseguró el juez. Las pruebas de extorsiones y las facturas truchas se analizaron a la luz de los dichos de arrepentidos que confirmaron que si no iban a las marchas les sacaban el plan.
Pero la fiscalía apeló por el encuadre dado porque sostuvo que los aprietes y extorsiones debían alcanzar a los líderes de la organización y no solo a algunos dirigentes puntuales a los que los complicaban los chats analizados. La Sala I de la Cámara Federal le dio la razón. “Las comprobadas exigencias de asistir a las movilizaciones se las calificará como amenazas coactivas, mientras que a la obligación de aportar un porcentaje de su sueldo será subsumida bajo la figura de extorsión”, afirmó el fallo. También avaló la profundización en la investigación sobre la responsabilidad de los funcionarios públicos.
“No se puede sostener que solo haya existido una víctima de estas exigencias injustas, ni que el aprovechamiento de los recursos humanos para actividades político-partidarias se limitara únicamente a quienes estaban a cargo de los comedores, delegados o referentes. En realidad, este esquema involucraba también a quienes lideraban el movimiento social, quienes fueron los verdaderos beneficiarios de dichas exigencias. Ellos eran los encargados de disponer del dinero recaudado en efectivo, el cual posteriormente se depositaba en las cuentas bancarias de las organizaciones”, sostuvo la resolución firmada esta tarde a la que accedió Infobae.
Los jueces de la Sala I de la Cámara Federal porteña Crédito: Maximiliano Luna
Los jueces Bruglia, Bertuzzi y Llorens afirmaron que “del relato de los imputados colaboradores se desprende que las decisiones que se adoptaban respecto del manejo del comedor, reparto de comida, cápitas, movilizaciones, aportes, participación política se realizaban en reuniones celebradas en la sede del Partido Obrero sita en Mitre 2162 de esta ciudad, a las que asistía la llamada “mesa central”, conformada entre otros por Eduardo Belliboni, Jeremías Cantero, Gianna Puppo e Iván Candotti, y a la que debían asistir dos delegados por cada “asamblea” para recibir instrucciones”.
“A los fines de atribuir responsabilidades podemos concluir, tal como lo postuló la fiscalía, que la estructura jerárquica se encontraba conformada en un escalón superior por *Eduardo Belliboni, quien impartía las directivas generales acerca de las actividades a las que se forzaba a participar, luego se hallaban los referentes nacionales *Jeremías Cantero, Gianna Puppo y Elizabeth del Carmen Palma que contribuían en la centralización del registro de cumplimiento de las exigencias coactivas y en la recaudación centralizada de las ‘cápitas’”, se señaló.
“Y todo se replicaba en el interior de los distintos comedores dirigidos por la organización e integrados por los referentes locales María Dotti, Gustavo Vásquez e Iván Candotti y delegados Brisa Paucara Choque, Elizabeth Galindo Mamani, Patricia Iramain y Cinthya Delgado Vilches, quienes comunicaban directamente a las víctimas y llevaban a cabo tales exigencias”, se concluyó
Para la Cámara Federal, “los imputados además de administrar fraudulentamente fondos que les fueran otorgados para satisfacer necesidades sociales a través de unidades de gestión y de desviar los fines del programa estatal en beneficio propio —con perjuicio al erario público—, exigían a los beneficiarios para no perder el plan social que se les había asignado, por un lado, la obligación de asistir a las manifestaciones, lo que afecta claramente el ámbito de su autodeterminación personal, y por el otro, aportar un porcentaje del sueldo recibido del Estado, viéndose afectado así su patrimonio”.
Los jueces afirmaron que “aunque no se ha advertido, al menos de momento, que los imputados se hubieran enriquecido ilícitamente desviando fondos en provecho propio o su núcleo familiar; no hay ninguna duda que, disfrazado en un franco discurso que llama a defender intereses colectivos, se esconde la defensa de intereses individuales, cual es financiar su propia actividad política. En este caso, de la organización Polo Obrero y de sus dirigentes para poder sostener su actividad partidaria, en detrimento de los intereses patrimoniales de quienes ellos mismos —justamente— dicen defender”.
Será en la etapa procesal siguiente donde podrán escucharse a quienes integran las diversas listas y planillas o recibos de cápitas incautadas durante los registros domiciliarios a fin de determinar cuál es la cantidad de víctimas a las que durante este periodo se les exigió un porcentaje de su ingreso y encaminar una medida tendiente a reparar esa situación mediante la devolución actualizada de las sumas retenidas extorsivamente, teniendo en cuenta la altísima vulnerabilidad de las personas cuya asistencia les fue confiada.
El tribunal rechazó los argumentos de los acusados. “No no pueden prosperar los argumentos de las defensas que plantearon la falta de conocimientos técnicos de sus asistidos para llevar a cabo el acto defraudatorio, su desconocimiento acerca del aporte que efectuaban al ‘plan criminal’ en razón del rol que desempeñaban dentro del comedor, o la situación de extrema vulnerabilidad en la que se encontraban. Aunque no se les exige demostrar su capacidad y comprensión sobre el desvío de fondos a través de facturación falsa, conocido como ‘primer desvío’, es importante reconocer que los mensajes y documentos mencionados son claros en cuanto a su conocimiento sobre la alteración de los objetivos del programa”, dijo el fallo. Según se subrayó, “ellos participaban activamente en la simulación de una contraprestación laboral con fines sociales, al firmar conscientemente las planillas correspondientes. A cambio, los beneficiarios, que se encontraban en situaciones de extrema vulnerabilidad, debían asistir a movilizaciones y/o pagar cuotas, bajo la amenaza de perder el acceso al plan”.
infobae.com