La ex presidenta de la Nación Cristina Kirchner fue denunciada penalmente para que se investigue si cometió el delito de fraude en perjuicio de la administración pública al cobrar el ítem de “zona austral” en su jubilación de privilegio cuando reside en la ciudad de Buenos Aires y no en el sur del país. La denuncia fue presentada por la Fundación Apolo y quedó a cargo del juzgado federal 6 de Comodoro Py, hoy subrogado por el juez federal Daniel Rafecas.
“La presentación se fundamenta en los beneficios previsionales que la exmandataria habría percibido de manera indebida al declarar su domicilio en Río Gallegos a pesar de vivir en la CABA”, sostuvo la fundación a través de un comunicado. “Según lo informado, Fernández de Kirchner habría recibido un suplemento correspondiente a la ‘zona austral’, destinado a quienes habitan en regiones patagónicas, como parte de su asignación vitalicia. Este beneficio habría significado un incremento en sus ingresos de más de 6 millones de pesos al momento de su suspensión, afectando de manera directa a las arcas públicas. Además, funcionarios de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) que habrían permitido el otorgamiento de dicho suplemento también son señalados en la denuncia, por su posible responsabilidad en la administración de estos recursos públicos y acusados de “malversación de caudales públicos”, sostuvo la entidad.
La ONG también pidió que en caso de comprobarse la irregularidad se ordene la devolución de “los pagos indebidos y resarcir el daño económico ocasionado al patrimonio público” y también que se investigue a los funcionarios de ANSES que permitieron que la ex presidenta cobre ese plus.
La jubilación de privilegio de Cristina Kirchner como ex presidenta y la pensión por el fallecimiento de Néstor Kirchner fueron dadas de baja por el gobierno de Javier Milei hace dos semanas cuando la Cámara Federal de Casación Penal confirmó la condena de la ex mandataria a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos por el caso de la obra pública en Santa Cruz.
“El beneficio previsto por la Ley 24.018 para ex presidentes y ex vicepresidentes de la Nación es una asignación que no tiene carácter contributivo y se otorga con carácter excepcional y extraordinario, como contraprestación al honor, el mérito y el buen desempeño en el cargo. La señora Cristina Kirchner fue condenada por la Cámara de Casación Penal en la Causa Vialidad como autora del delito de administración fraudulenta, por lo que representa lo contrario al honor, al mérito y al buen desempeño”, había explicado el vocero Manuel Adorni, lo que luego se plasmó en la resolución de ANSES con la baja que fue publicada en el Boletín Oficial.
Ante eso Cristina Kirchner presentó un recurso administrativo ante la ANSES para que se declare la nulidad de la resolución y que se le restituyan la jubilación y la pensión. Explicó, a través de su abogado Facundo Fernández Pastor, que la decisión del gobierno “viola derechos y garantías consagrados en las leyes, la Constitución Nacional y la doctrina establecida por la Corte Suprema de Justicia de la Nación”. En esa línea, calificó la actitud del Poder Ejecutivo como “un acto más de persecución con fines de venganza, hostigamiento y partidismo que involucra en este caso a funcionarios de la Administración Nacional de la Seguridad Social, del Ministerio de Capital Humano del que depende, y al mismísimo Presidente de la Nación”.
“Como queda palmariamente claro, para la Procuradora ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la única causal para no tener derecho al beneficio establecido en la Ley 24.018, Título I, Capítulo I, es la destitución mediante el juicio político, durante el ejercicio de la función pública. O sea que, la interpretación maliciosa realizada por esta administración que pretende fundarse en su dictamen, es absolutamente contraria a derecho”, planteó el abogado.
Según revelaron desde el Gobierno, Cristina Kirchner cobraba más de $35,000,000, pero aclaró que va a poder seguir cobrando una pensión y una jubilación de acuerdo a sus aportes, y no por un adicional por los privilegios.
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