...no llegará a entregar el poder el 22 de enero, cuando vencía el mandato de Evo Morales.
La presidente interina de Bolivia, Jeanine Änez, muetra un folio con la ley de convocatoria a nuevas elecciones aprobada por la Asamblea Nacional.
El calendario electoral que debe aprobar el nuevo Tribunal Supremo Electoral obligaría a extender el mandato de la presidenta transitoria de Bolivia, Jeanine Añez, que concluye el 22 de enero de 2020. De lo contrario, se entraría a un vacío de poder, según algunos abogados constitucionalistas, que calculan que las elecciones presidenciales se deberían realizar, en el mejor de los casos, en marzo o abril del próximo año, sin considerar la posibilidad de una segunda vuelta, que se realizaría en los siguientes 45 días, según la ley promulgada por Añez el pasado domingo en Palacio de Gobierno, en presencia de la presidenta del Senado, Eva Copa, del partido de Evo Morales.
Con estos cálculos, la presidenta transitoria tendría que entregar el poder al nuevo gobierno elegido en la votación presidencial en junio de 2020, aunque algunas fuentes políticas consideran que la transmisión del mando podría producirse el 6 de agosto, considerada una fecha emblemática de la historia de Bolivia, que celebra el inicio de su independencia como República.
Aunque el movimiento cívico opositor a Evo Morales y los llamados movimientos sociales, allegados varios de ellos al expresidente, adelantaron su demanda de realizar las elecciones antes de que concluya el mandato constitucional el 22 de enero, el nuevo vocal del Tribunal Electoral, Salvador Romero, que fue posesionado el lunes pasado por la presidenta Añez, adelantó que es técnicamente imposible realizar la votación antes del 22 de enero y que, incluso, los 120 días establecidos por ley representan trabajar en forma apretada.
Abogados constitucionalistas y expertos electorales, como Paul Antonio Coca, Carlos Borth y Fernando Castedo, consideran que es casi imposible que haya elecciones antes del 22 de enero, cuando el ex presidente Evo Morales terminaba su mandato.
Para Coca, hay aspectos técnicos y jurídicos que hacen inviable ese tiempo. Explicó que son tres meses establecidos para la campaña proselitista,que en el mejor de los casos se puede reducir a dos. Para elegir a las nuevas autoridades electorales se necesitan al menos 20 días. “En ese periodo se debe realizar previamente la convocatoria, depuración de candidatos, discusión interna, análisis de los currículum, entrevistas e impugnaciones”, refirió.
De su parte, el senador Oscar Ortiz dijo que hasta este jueves se aprobará en el Legislativo el reglamento de elección de los vocales electorales y, desde ese momento, corren 20 días de plazo y otras 48 horas para que el nuevo TSE haga la convocatoria a las nuevas elecciones.
En el cálculo del ex vocal electoral, Fernando Castedo, es probable que para el 20 de diciembre se tengan conformados los tribunales electorales y en ese momento se podrá llamar a los comicios generales.
Por consiguiente, quedaría sólo un mes, por lo que será imposible realizar las elecciones antes del 22 de enero, cuando se requiere al menos cuatro meses para la primera vuelta y 45 días para la segunda vuelta, además de dos semanas adicionales si es que se deben repetir las votaciones en algunas mesas.
Se debe considerar que también ha surgido la demanda y el acuerdo de sanear el actual padrón.”El nuevo Tribunal Electoral es el que debe aprobar el calendario, el empadronamiento de ciudadanos, la inscripción de candidatos, nuevas elecciones, repetición de mesas, primera y segunda vuelta. En el mejor de los casos, la primera vuelta sería en marzo y la segunda en abril. O puede ocurrir la primera en abril y la segunda en mayo”, sostuvo.
Cómo y quiénes definen la prórroga
Como la Constitución Política del Estado no establece la prórroga de ningún mandato presidencial, se tendrá que tomar una “salida especial o de emergencia”, más que constitucional, para que no se produzca un vacío de poder después del 22 de enero, cuando concluye la presidencia transitoria de Jeanine Añez y el mandato de los diputados y senadores, según constitucionalistas.
“No puede haber un solo día de vacío de poder en Bolivia. Hay dos entidades que deben dar respuesta a la prórroga del mandato de la presidenta transitoria. El Tribunal Electoral es el llamado a definir el calendario de los comicios y es el que debe recomendar la ampliación del gobierno transitorio, considerando que el país no puede quedar descabezado. Por su parte, es el Tribunal Constitucional el que debe decir que si lo que se está haciendo es bueno o malo. Es a esa instancia ante la que después algún diputado, senador o ciudadano puede acudir para impugnar las decisiones”, explicó el constitucionalista Paúl Coca.
Recordó que el Tribunal Constitucional ya dio una línea sobre la sucesión al avalar la asunción de Jeanine Añez a la presidencia transitoria, con el argumento de que no puede haber vacío de poder.
Tanto la presidenta transitoria, Jeanine Añez, como el nuevo vocal del TSE, Salvador Romero, adelantaron el lunes pasado que ellos no son los que se deben pronunciar sobre la prórroga del gobierno de transición.
Otra de las dificultades surgidas en la transición es la convocatoria a las elecciones subregionales de gobernadores y alcaldes, previstas para marzo. Los expertos recomiendan que se realicen cuatro meses después de las presidenciales, lo que también obligará a la extensión de los mandatos de estas autoridades locales, con la misma vía que se debería realizar para las nacionales.
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