La Justicia rechazó este jueves el pedido de prisión domiciliara de Lázaro Báez, el empresario santacruceño que está preso hace cuatro años y está siendo juzgado por la llamada “ruta del dinero k”. La defensa había reclamado una morigeración de su detención, subrayando sus problemas de salud, su edad de “riesgo” y el peligro de que se contagie coronavirus en prisión.
Los jueces Néstor Costabel, Daniel Obligado y Jorge Gorini, en calidad de integrantes del Tribunal Oral Federal 4, rechazaron el pedido. Obligado fue el juez que sí firmó, en un trámite unipersonal en el marco de legajo de ejecución, la prisión domiciliaria de Amado Boudou, condenado por la causa Ciccone.
Lázaro Báez fue detenido en abril de 2016. Pero ya no está preso por la causa del dinero K, en donde se la que se lo está juzgando. Báez está preso en una causa conocida como M&P que se le abrió durante la instrucción de esa investigación, por haber utilizado empresas fantasmas para inyectar dinero en Austral Construcciones a través de otra firma familiar, que fue elevada a juicio. Y también por la causa “El Entrevero”, por la compra de un campo, que tiene en sus manos el juez Sebastián Casanello.
Ayer, el mismo tribunal -con otra integración- había rechazado otorgarle la prisión domiciliaria a su hijo, Martín Báez, arrestado en febrero de 2019, también durante el juicio oral, por mover 5 millones de dólares cuando sus cuentas estaban inhibidas.
La defensa de Lázaro Báez, a cargo de Elizabeth Gasaro, había reclamado la prisión domiciliaria. Entre otros puntos, presentó un recorte periodístico en donde hablaba de un supuesto contagio de coronavirus en la cárcel de Ezeiza y la posibilidad de que su cliente pudiera verse afectado.
“La mera invocación de la defensa de encontrarse su asistido dentro de la población de riesgo que al efecto determinaron las autoridades médicas internacionales, por sí misma, no puede constituir un argumento suficiente para modificar el estado de encierro en el que se encuentra el imputado Báez. Se dijo además que, en un plano netamente conjetural, en el supuesto de verificarse un caso de coronavirus dentro del ámbito del pabellón en que el mismo se encuentra detenido, también podrían adoptarse medidas alternativas al arresto domiciliario que pretende la defensa, tales como el realojamiento de los demás internos o el aislamiento de aquellos enfermos”, le contestó el tribunal.
La fiscalía, a cargo de Abel Córdoba, entendió que “tanto la inclusión del imputado dentro de la Nómina de internos con riesgos de salud” del Servicio Penitenciario Federal, como los alcances del nuevo informe elaborado por el Cuerpo Médico Forense, no resultan nuevos elementos que posibiliten variar el criterio sostenido hasta el momento” . Y sostuvo que "la pertenencia a un grupo poblacional caracterizado de riesgo es un elemento valorativo que en sí mismo, por conjetural, no es determinante ni hace a la procedencia automática de la morigeración pretendida
También citó las palabras del médico del Cuerpo Médico Forense en cuanto sostiene que el ambiente carcelario “no tendría por qué agravar las patologías” del imputado Lázaro Báez, siempre y cuando se cumplan los tratamientos indicados por los médicos “de manera ininterrumpida, regular y constante”.
El TOF también pidió detalles al Servicio Penitenciario Federal sobre “los protocolos y directivas de actuación dictados por la autoridad penitenciaria con el objetivo de asegurar el acatamiento de los estándares fijados por las disposiciones internacionales y nacionales para la prevención de la pandemia ocasionada por el COVID-19”
Tras remarcar que el tribunal “no desconoce la situación excepcional de emergencia pública en materia sanitaria en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud con relación al coronavirus COVID-19 y el consiguiente dinamismo que rige en la materia”, destacó que “tampoco pueden obviarse las medidas oficiales referentes a la pandemia, los informes y recomendaciones de organismos nacionales e internacionales con incidencia en la materia, y las recomendaciones de la Cámara Federal de Casación Penal, respecto a la situación actual y del deber de garantía sobre las personas detenidas".
Sin embargo, entendió, ninguna de esos puntos de la acordada de Casación encuadran en la situación de Báez, sobre todo cuando se exhortó a tramitar "con extrema prudencia y carácter sumamente restrictivo la aplicabilidad de estas disposiciones en supuestos de delitos graves, conforme las normas constitucionales, convencionales y de derecho interno”.
En ese marco, se subrayó que Lazaro Báez está acusado de coautor de lavado de dinero por “haber puesto en circulación en el mercado dinero negro proveniente de hechos ilícitos cuyo monto ascendería a una suma superior a los $127.624.184, mediante distintas transferencias bancarias y operaciones simuladas que habrían tenido lugar entre el mes de diciembre de 2015 hasta el mes de julio del año 2016, con el objeto de convertirlo e integrarlo al circuito económico formal bajo apariencia de legalidad y cortar todo lazo con los ilícitos que lo generaron” . Según se remarcó, “Báez se encuentra cumpliendo prisión preventiva en estas actuaciones desde el 14 de junio de 2019”
El mismo tribunal lo está juzgando en la causa por la ruta del dinero k, junto a otras 26 personas, sospechas de haber conformado “estructuras organizadas y entramados empresariales y financieros de carácter transnacional, en el cual se investiga un perjuicio económico de inusitada magnitud”.
No se trata de la única causa que se sigue contra Lázaro Báez. El TOF 2 tiene en marcha el juicio en su contra por la obra pública que recibió la provincia de Santa Cruz y que él ejecutó, desde sus empresas, durante el gobierno kirchnerista. En esa causa está acusada la vicepresidenta Cristina Kirchner, el ex ministro de Planificación Julio De Vido y el ex secretario de Obras Públicas José López, convertido en “arrepentido” en la causa de los cuadernos. Además, el nombre de Lázaro Báez también se incluye entre los procesados junto a Cristina Kirchner y sus hijos en la causas “Los Sauces” y “Hotesur”, cuyo juicio aún no tiene fecha de inicio.
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