31 AGO | 11:24

El DNU que oficializa la nueva cuarentena contempla el acompañamiento a pacientes críticos

En el artículo N°27 del decreto publicado este lunes se habilita a acompañar "durante la internación, en sus últimos días de vida" a pacientes con cualquier tipo de enfermedad, sea COVID-19 o no...
Desde hace aproximadamente semana y media, se venía adelantando la implementación de un protocolo que permita acompañar a seres queridos durante sus últimos días de internación, sea cual sea su padecimiento.
 
Este lunes, en el Decreto 714/2020  que oficializa la extensión de la cuarentena del 31 de agosto hasta el día 20 de septiembre inclusive, se incluyó un artículo que contempla el acompañamiento a pacientes en estado crítico.
 
El Artículo 27 del Decreto 714/2020.
 
Se trata del artículo n°27 en el que se establece que "deberá autorizarse el acompañamiento durante la internación, en sus últimos días de vida, de los y las pacientes con diagnóstico confirmado de COVID-19 o de cualquier enfermedad o padecimiento".
 
Al igual que el resto de las actividades habilitadas, para poder acompañar a seres queridos deberá cumplirse con "un estricto protocolo que resguarde la salud del o de la acompañante, que cumpla con las recomendaciones e instrucciones" de las autoridades sanitarias.
 
"En todos los casos deberá requerirse el consentimiento previo, libre e informado por parte del o de la acompañante", agrega. Las reglamentaciones estarán a cargo de las y los respectivos gobernadores.

 

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